Sentencia N° 1807 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de agosto de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1807, Exp. 01-1740, 05/08/2002
Expediente01-1740
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2002-08-05
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional presentada por Luis Stefanelli respecto a una sentencia de la Sala Electoral. Tras evaluar los argumentos, la Sala determinó que la situación planteada no se ajustaba al propósito del medio procesal utilizado. En consecuencia, se declaró la solicitud como inaccesible.

Extracto de la motiva

Esta Sala tiene la potestad de revisar las decisiones de las demás Salas del Tribunal Supremo de Justicia, con el fin de preservar la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales que haya fijado esta Sala Constitucional, o cuando exista una crasa violación de preceptos de este rango (así lo señaló expresamente en sus sentencias núms. 37/2001, caso: Baker Hughes y 93/2001, caso: Corpoturismo). El ejercicio de esta potestad se hace en forma selectiva, sin atender a recurso específico y sin quedar vinculada por peticiones en este sentido (cf. sent. 44/2000, caso: Francia Josefina Rondón Astor). Ello así, corresponde a esta Sala Constitucional el conocimiento de la solicitud de revisión planteada, y así se declara. Respecto a la pretensión planteada en esta oportunidad, la Sala, en ejercicio del prudente arbitrio a que se hizo referencia anteriormente, y luego de una atenta lectura de los argumentos esgrimidos por la accionante, es del parecer que la situación planteada no se acomoda al fin que persigue dicho medio procesal. En consecuencia, la revisión propuesta debe ser declarada inaccedible, y así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión formulada por el ciudadano Luis Stefanelli, asistido por el abogado Oscar Villa, respecto de la sentencia n° 95 del 26.07.01 de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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