Sentencia N° 1806 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de noviembre de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1806, Exp. 11-0909, 30/11/2011
Expediente11-0909
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-11-30
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara su incompetencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por Gertrudis Rafael Díaz Bravo contra la Resolución N° 01-00-000-419 de la Contraloría General de la República. La Sala determina que la competencia para conocer de este tipo de demandas corresponde a la Sala Político Administrativa, dado que la actuación impugnada es de naturaleza administrativa y no se encuentra sujeta al control concentrado de la Sala Constitucional. La decisión se fundamenta en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que, en materia de nulidades, su competencia está regulada en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.991 extraordinaria, del 29 de julio de 2010, reimpresa por error material el 1° de octubre de 2010, en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.522, en el artículo 25, el cual, atribuye a esta Sala la competencia para el ejercicio del control concentrado de los actos dictados en ejecución directa e inmediata de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, tal como se estableció supra, la actuación impugnada, fue dictada conforme a las competencias que le atribuye la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, con lo cual, tiene rango sub legal y, por tanto, una evidente naturaleza administrativa.

Dispositiva

1.- Que esta Sala es INCOMPETENTE para conocer de la presente demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano GERTRUDIS RAFAEL DÍAZ BRAVO, contra la Resolución N° 01-00-000-419, dictada por la Contraloría General de la República, el 10 de diciembre de 2010. 2.- DECLINA LA COMPETENCIA para conocer el presente caso en la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

incompetencianulidadcontraloríapoder ciudadanocontrol administrativo

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