Sentencia N° 1803 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1803, Exp. 08-0546, 19/11/2008
Expediente08-0546
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-11-19
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 19 de noviembre de 2008, declaró sin lugar la solicitud de revisión interpuesta por Luis Ignacio Alfonzo Maneiro contra la sentencia Nº 1793 dictada el 8 de noviembre de 2007 por la Sala Político Administrativa. El recurrente alegó violaciones a su derecho a la defensa y al debido proceso en el procedimiento disciplinario que llevó a su destitución como Juez Ejecutor de Medidas.
Extracto de la motiva
La vía extraordinaria de revisión ha sido concebida como un medio para preservar la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales, o para corregir graves infracciones a sus principios o reglas. En el caso de autos, el fallo judicial sometido a revisión de esta Sala es la sentencia N° 1793 dictada el 8 de noviembre de 2007 por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Luis Ignacio Alfonzo Maneiro, contra la decisión dictada el 11 de octubre de 2005 por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, a través de la cual se resolvió destituirlo del cargo de Juez Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas del Estado Anzoátegui, por haber incurrido en la falta disciplinaria contenida en el cardinal 13 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial, respecto del cual el solicitante estimó que se había incurrido en infracciones constitucionales por violación de su derecho a la defensa y al debido proceso, contenidos en el artículo 49, cardinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por el abogado LUIS IGNACIO ALFONZO MANEIRO, actuando en nombre propio, contra la decisión Nº 1793 dictada el 8 de noviembre de 2007 por la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
revisiónderecho a la defensadebido procesodestituciónsanción disciplinariaCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica del Consejo de la Judicaturasentencia