Sentencia N° 180 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0180, Exp. 23-0304, 19/02/2025
Expediente23-0304
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-02-19
DecisiónORDENA

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de una acción de amparo constitucional interpuesta por Lynda Patricia Colmenares Chacón contra una decisión del Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Táchira. La acción fue declarada admisible y se ordenó al juzgado remitente informar sobre el estado actual del expediente relacionado con la partición de comunidad hereditaria.

Extracto de la motiva

Para el cumplimiento más expedito de lo dispuesto anteriormente, se ordena igualmente a la Secretaría de la Sala que, conforme a lo señalado en el artículo 91, numeral 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, practique en forma telefónica la notificación al Presidente del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Finalmente, se advierte que la inobservancia del requerimiento exigido por esta Sala podría acarrear responsabilidad administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 eiusdem, que prevé la posibilidad de aplicar “(...) multa equivalente hasta doscientas unidades tributarias (200 U.T.) a las personas, funcionarios o funcionarias que no acataren sus órdenes o decisiones, o no le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar”.

Dispositiva

Se ORDENA a la Presidencia Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para que en el lapso de cinco (5) días hábiles contados desde el momento de su notificación, con un término de la distancia de nueve (9) días continuos, informe sobre el estado actual del expediente signado bajo el N° 65671.

Palabras clave

amparo constitucionalpartición de comunidad hereditariatutela de derechosresponsabilidad administrativanotificación

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