Sentencia N° 1798 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de agosto de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1798, Exp. 04-0468, 23/08/2004
Expediente04-0468
PonenteIVÁN RINCÓN URDANETA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-08-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inconstitucionalidad de los nombramientos de magistrados de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, realizados por la Sala Político Administrativa. Se argumentó que dichos nombramientos contravienen lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, específicamente en relación con el régimen de carrera judicial y la atribución exclusiva del Tribunal Supremo para el nombramiento de jueces. La decisión reafirma la necesidad de respetar los principios constitucionales en el proceso de selección de magistrados.

Extracto de la motiva

La designación de los jueces que formarán el Tribunal y la de sus respectivos suplentes, será hecha por la Corte Suprema de Justicia, en Sala Político-Administrativa, con arreglo a las normas complementarias que ella dicte, y su organización y funcionamiento se regirán por las disposiciones de esta Ley y de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En sesión de la Sala Plena de este Máximo Tribunal del 26 de julio de 2000, se designó una comisión de Magistrados con la misión de “determinar el status jurídico y disciplinario de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo”, comisión cuyo informe fue presentado y aprobado en la sesión del Tribunal en Pleno de 29 de agosto del mismo año. En ese informe se determinó que, con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en 1999, se produjeron importantes cambios en el ordenamiento jurídico y, se estableció, en el artículo 255, un régimen funcionarial aplicable a la magistratura: la carrera judicial, del que sólo quedaron exceptuados los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, por lo que el mismo es aplicable a los miembros de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.

Dispositiva

Así se decide. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

inconstitucionalidadnombramientosmagistradosCorte PrimeraContencioso AdministrativoLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justiciacarrera judicialConstitución

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca