Sentencia N° 1793 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de agosto de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 1793, Exp. 01-2467, 05/08/2002
Expediente01-2467
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-08-05
DecisiónTerminado el procedimiento, por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de la acción de amparo constitucional presentada por Soraima Mercedes Rodríguez Aguirre, en representación de César Augusto Soteldo Pineda, por abandono del trámite. Se establece que la parte actora no realizó actos procesales durante un lapso de seis meses, lo que se considera como abandono según el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
[...] En criterio de la Sala, el abandono del trámite a que se refiere el artículo 25 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constituciones puede asumirse -entre otros supuestos-, como la falta de comparecencia a la audiencia constitucional- una vez transcurrido un lapso de seis meses posteriores a la paralización de la causa por falta de interés procesal de la parte actora. [...] La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la acción de amparo constitucional, presentada, por la ciudadana Soraima Mercedes Rodríguez Aguirre, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano CÉSAR AUGUSTO SOTELDO PINEDA, antes identificado, contra el suprimido Juzgado Superior Segundo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por la presunta violación del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela así como los artículos 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) y 14, numeral 3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.