Sentencia N° 1790 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de diciembre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1790, Exp. 13-0591, 16/12/2013
Expediente13-0591
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2013-12-16
DecisiónIMPROCEDENTE in limine litis

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo interpuesta por el abogado Joao Henriques Da Fonseca, en representación de la sociedad mercantil Taller de Balanzas Tamanaco, C.A., contra un fallo del Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario. La Sala aceptó la declinatoria de competencia y se declaró competente para conocer del caso. Sin embargo, la acción de amparo fue declarada improcedente in limine litis, ya que no se encontraron violaciones a los derechos constitucionales alegados por el demandante.

Extracto de la motiva

Determinada la competencia, pasa la Sala a pronunciarse sobre la admisibilidad de la acción de amparo propuesta y, a tal fin, observa: Una vez analizado el contenido de la acción propuesta, esta Sala estima que la misma está dirigida a impugnar la decisión dictada el 20 de mayo de 2013, por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. La Sala advierte, que el caso bajo estudio no se encuentra incurso en las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y cumple con los requisitos establecidos en el artículo 18 eiusdem, tampoco dentro de las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. por lo cual la misma resulta admisible. Ahora bien, la Sala observa que la decisión dictada el 20 de mayo de 2013, por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual procedió a aclarar de oficio la sentencia dictada el 24 de abril de 2013 en la cual revocó el fallo dictado por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la misma Circunscripción Judicial y declaró con lugar la demanda por resolución de contrato de arrendamiento intentada por la ciudadana María Lucía Vielma de Vatiero en contra de la sociedad mercantil Taller de Balanzas Tamanaco C.A.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley: 1- ACEPTA la declinatoria de competencia que le hiciera el Juzgado Segundo Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. 2- Se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo interpuesta por el abogado Joao Henriques Da Fonseca, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil TALLER DE BALANZAS TAMANACO, C.A., contra la decisión dictada el 20 de mayo de 2013 por el referido Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 3- Declara IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

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