Sentencia N° 179 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de marzo de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 179, Exp. 11-0692, 26/03/2013
Expediente11-0692
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-03-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Daniel Eduardo Díaz Valera en representación de Iván Manuel García Becerra. La acción fue presentada contra decisiones del Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, que declararon inadmisible la acción de amparo. La Sala ordenó a la Corte de Apelaciones que informara sobre el estado de la causa penal seguida contra el quejoso, quien había fallecido en noviembre de 2011.

Extracto de la motiva

La Sala, de conformidad con lo señalado en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ordena a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que informe a esta máxima instancia constitucional, en el lapso de tres (3) días más nueve (9) días que se le conceden como término de la distancia, contados a partir de que conste en autos su notificación, si el accionante de autos, ciudadano Iván Manuel García Becerra, titular de la cédula de identidad N° 21.419.208, falleció y si fue decretado, por ese motivo, el sobreseimiento de la causa penal incoada en su contra. A tal efecto, deberá remitir copia certificada de lo conducente.

Dispositiva

Se advierte a la referida Corte de Apelaciones que el incumplimiento de lo aquí ordenado acarreará la aplicación de la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

amparo constitucionalCorte de Apelacionesproceso penalsustancias estupefacientesfallecimiento

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