Sentencia N° 1789 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de octubre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1789, Exp. 06-0308, 05/10/2007
Expediente06-0308
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-10-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Juzgado Superior Accidental que declaró con lugar una querella interdictal por despojo interpuesta por Eudes Rafael Rojas Sosa contra Luz Elena Vélez Mosquera. La Sala determinó que la decisión del Juzgado Superior violó derechos fundamentales de la solicitante, incluyendo el derecho a la defensa y el debido proceso, al no considerar adecuadamente las sentencias previas que confirmaban la propiedad de Luz Elena sobre el inmueble en disputa. En consecuencia, se anuló la sentencia recurrida y se ordenó la emisión de una nueva decisión que respete los derechos constitucionales de la solicitante.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, al revisar la sentencia del Juzgado Superior Accidental, encontró que se había vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva y el debido proceso de Luz Elena Vélez Mosquera. Se argumentó que el Juzgado Superior no consideró las sentencias anteriores que confirmaban la propiedad de Luz Elena sobre el inmueble, lo que llevó a una decisión errónea en la querella interdictal por despojo. La Sala destacó la importancia de la cosa juzgada y la necesidad de respetar los derechos de propiedad y posesión, concluyendo que la actuación del Juzgado Superior fue un error grotesco que debía ser corregido.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: HA LUGAR la revisión solicitada por el abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Luz Elena Vélez Mosquera, de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario, de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y del Municipio Arismendi del Estado Barinas, del 25 de noviembre de 2005. En consecuencia, se anula dicho fallo y, por lo tanto, se ordena a dicho Juzgado emitir nuevamente decisión.

Palabras clave

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