Sentencia N° 1785 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1785, Exp. 21-0745, 07/12/2023
Expediente21-0745
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2023-12-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el abogado Albert Rojas, defensor de los acusados Cristopher Leandro Escalona González y Luis Alfredo González Tinoco. La apelación se refería a una decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional por falta de presentación de los instrumentos fundamentales que sustentaran la acción. La Sala constató que el recurso fue presentado fuera del lapso legal establecido.

Extracto de la motiva

motivada desprovista de tardanzas injustificadas, toda vez que los ciudadanos CRISTOPHER LEANDRO ESCALONA GONZÁLEZ y LUIS ALFREDO GONZÁLEZ TIUNOCO, están siendo sometidos a un proceso penal con un plazo irracional, donde la persecución penal en su contra está excediendo por demasía, del pazo legal o razonable, todo esto por el incumplimiento del Fiscal décimo sexto de su obligación probatoria. Respecto a ello, citamos el criterio jurisprudencial que fue reiterado mediante Sentencia de fecha 4 de abril de 2016, dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia…” (sic). (Mayúsculas del escrito). IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 11 de 23 Que “…no queda más que ejercer la presente acción constitucional toda vez que pese a que el tribunal ha procurado la comparecencia de los testigos la misma n

Dispositiva

Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación ejercido por el abogado Albert Rojas, en su carácter de defensor privado de los acusados Cristopher Leandro Escalona González y Luis Alfredo González Tinoco, contra la decisión proferida por la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal Fronterizo del Estado Bolivariano Nueva Esparta, el 28 de agosto de 2020, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta; la cual se declara firme.

Palabras clave

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