Sentencia N° 1785 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de noviembre de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1785, Exp. 07-1207, 18/11/2008
Expediente07-1207
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2008-11-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la solicitud de aclaratoria presentada por las abogadas Esquía Rubín de Celis Núñez y Anna María de Stefano Lo Piano, declara con lugar la solicitud. La aclaratoria se refiere a la interpretación de la Ley de Servicio Exterior y su aplicación a los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, corrigiendo un error material en la sentencia anterior que había confundido las leyes aplicables. La Sala aclara que la Ley de Servicio Exterior de 2001 no era aplicable al caso en cuestión, dado que la destitución de la recurrente ocurrió antes de su vigencia.

Extracto de la motiva

La aclaratoria o ampliación de la sentencia está prevista en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece: Artículo 252. Después de pronunciada la sentencia definitiva o la interlocutoria sujeta a apelación, no podrá revocarla ni reformarla el Tribunal que la haya pronunciado. Sin embargo, el tribunal podrá, a solicitud de parte, aclarar los puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia, o dictar ampliaciones, dentro de los tres días, después de dictada la sentencia, con tal que dichas aclaraciones y ampliaciones las solicite alguna de las partes en el día de la publicación o en el siguiente (Subrayado de la añadido).

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de aclaratoria de la sentencia N° 1442 dictada por esta Sala, el 14 de agosto de 2008, ejercida por las abogadas Esquía Rubín de Celis Núñez y Anna María de Stefano Lo Piano, con el carácter de sustitutas de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela.

Palabras clave

aclaratoriaLey de Servicio ExteriorfuncionariosMinisterio de Relaciones Exterioresjurisdicciónderechos laboraleserror material

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