Sentencia N° 1782 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de octubre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1782, Exp. 07-1081, 05/10/2007
Expediente07-1081
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-10-05
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Francisco Antonio Carrasquero López, decidió sobre la solicitud de revisión interpuesta por la sociedad mercantil Venemericana de Editores C.A. contra la decisión de la Sala de Casación Social que declaró inadmisible un recurso de control de legalidad. La Sala Constitucional, tras analizar los argumentos presentados, concluyó que la revisión no procede ya que la decisión impugnada no incurrió en error grotesco ni violó principios constitucionales. Por lo tanto, se declaró NO HA LUGAR la solicitud de revisión.
Extracto de la motiva
En el presente caso, se observa que la sociedad mercantil Venemericana de Editores, C.A. denunció unas supuestas infracciones legales y constitucionales imputables a la decisión dictada por la Sala de Casación Social, que declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad en el referido procedimiento; por lo que se debe señalar, que la revisión de sentencias no constituye una tercera instancia, y que dicha facultad le ha sido otorgada a esta Sala Constitucional sobre las sentencias definitivamente firmes que hayan sido dictadas por las demás Salas de este Tribunal o por los demás tribunales o juzgados del país que, de manera evidente, hayan incurrido en error grotesco en cuanto a la interpretación de la Constitución o que sencillamente hayan obviado por completo la interpretación de la norma constitucional, y que el fin fundamental lo es la unificación de criterios y principios constitucionales; por lo que observa la Sala que no procede, en este supuesto, la revisión del fallo que inadmitió dicha impugnación extraordinaria, como lo es el control de la legalidad, por cuanto, en este caso, el fallo que adquirió firmeza fue el que dictó, el 6 de marzo de 2007, el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que fue objeto del recurso de control de la legalidad y no la decisión que dictó la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal contra la que se intentó la presente solicitud.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta, el 16 de junio de 2007, por la representación judicial de la sociedad mercantil Venemericana de Editores, C.A., contra la decisión dictada el 5 de junio de 2007, por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual declaró inadmisible el control de legalidad interpuesto por la solicitante.
Palabras clave
revisióncontrol de legalidadinadmisibilidadderecho laboraldebido procesoprestaciones socialesjurisprudenciaconstitucionalidad