Sentencia N° 1781 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de febrero de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1781, Exp. 06-0541, 17/12/2014
Expediente06-0541
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-02-05
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional interpuesta por los abogados de Francisco Vicente Usón Ramírez, quien había sido condenado por injuria contra la Fuerza Armada Nacional. La Sala declaró que no había lugar a la revisión, argumentando que no se evidenciaba la violación de algún precedente vinculante y que la revisión no constituye una tercera instancia. Se reafirmó que la jurisdicción penal militar es competente para juzgar delitos de naturaleza militar, como el caso de injuria contra la Fuerza Armada.

Extracto de la motiva

En el caso sub examine se pretende la revisión del acto jurisdiccional del 2 de junio de 2005, mediante el cual la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia declaró “DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por los abogados defensores del acusado…”, contra la sentencia dictada por la Corte Marcial, actuando como Corte de Apelaciones el 27 de enero de 2005, que a su vez había declarado sin lugar, el recurso de apelación propuesto contra el fallo del Juzgado Militar Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Caracas el 8 de noviembre de 2004, mediante la cual “condenó al acusado Francisco Vicente Usón Ramírez, a cumplir la pena de CINCO AÑOS y SEIS MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de INJURIA CONTRA LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 505 del Código Orgánico de Justicia Militar…

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional que interpusieron los abogados Gonzalo Himiob Santomé y Antonio Rosich Saccani, actuando con el carácter de defensores privados del ciudadano FRANCISCO VICENTE USÓN RAMÍREZ, contra la sentencia que expidió la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia el 2 de junio de 2005, que declaró “DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por los abogados defensores del acusado…”, contra la sentencia dictada por la Corte Marcial, actuando como Corte de Apelaciones el 27 de enero de 2005, que a su vez había declarado sin lugar, el recurso de apelación propuesto contra el fallo del Juzgado Militar Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Caracas el 8 de noviembre de 2004, mediante la cual “condenó al acusado Francisco Vicente Usón Ramírez, a cumplir la pena de CINCO AÑOS y SEIS MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de INJURIA CONTRA LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 505 del Código Orgánico de Justicia Militar…

Palabras clave

revisión constitucionalinjuriaFuerza Armada Nacionaljurisdicción militar

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