Sentencia N° 178 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de abril de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 178, Exp. 16-0145, 07/04/2017
Expediente16-0145
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-04-07
DecisiónTerminación del procedimiento
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de amparo constitucional interpuesto por el abogado Javier Enrique Rojas Aguado en representación de los ciudadanos Douglas Alberto Narváez Riera y Janeth Leal de Isea. La acción fue motivada por la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala constató que hubo un abandono de trámite por parte de la parte actora, al no haber impulsado el proceso durante más de seis meses, lo que llevó a la extinción de la instancia.
Extracto de la motiva
MOTIVACIÓN de la sentencia por incurrir en el vicio de FALSO SUPUESTO DE HECHO', lo que igualmente viola el DERECHO A LA DEFENSA y con ello al DEBIDO PROCESO". Que "...esta representación en el escrito de CONTESTACIÓN DE LA ACUSACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO, específicamente en el CAPÍTULO IV, IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 23 denominado DE LA NULIDAD DE LA ACUSACIÓN POR VIOLACIÓN DEL DERECHO A LA DEFENSA Y AL DEBIDO PROCESO, punto SEGUNDO, y de igual forma oralmente en la Audien
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la acción de amparo constitucional intentada por el abogado Javier Enrique Rojas Aguado, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos Douglas Alberto Narváez Riera y Janeth Leal de Isea, contra la decisión, del 3 de noviembre de 2015, dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que declaró sin lugar el recurso de apelación en contra del auto dictado el 23 de octubre de 2014 y fundamentado el 30 de octubre del mismo año, por el Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control de ese Circuito Judicial Penal, en el asunto KP01-P-2013-013971, que declaró sin lugar la nulidad absoluta planteada por la defensa; todo ello con ocasión al proceso penal que se les sigue a los prenombrados ciudadanos por la presunta comisión del delito de lesiones culposas graves en perjuicio del ciudadano Víctor Julio Morales Sánchez.
Palabras clave
derecho a la defensadebido procesonulidadministerio públicoinvestigaciónactasexpediente