Sentencia N° 1776 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de julio de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1776, Exp. 02-1044, 31/07/2002
Expediente02-1044
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2002-07-31
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional admitió el recurso de interpretación constitucional presentado por Franklin Duno Petit, Alcalde del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, respecto a varios artículos de la Constitución. Se declaró la causa como de mero derecho, omitiendo la fijación de audiencia oral y ordenando la notificación del Fiscal General de la República. Además, se corrigió un error material involuntario relacionado con la formación de un nuevo expediente, agregando las actuaciones al expediente original.

Extracto de la motiva

Visto que, mediante decisión N° 2.521 del 4 de diciembre de 2001 (expediente N° 01-2306), en ponencia del Magistrado Antonio José García García, esta Sala Constitucional declaró lo siguiente: “PRMERO: ADMITE el recurso de interpretación constitucional presentado por FRANKLIN DUNO PETIT, Alcalde del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, respecto de los artículos 156, numeral 16, 180 y 304 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los términos expresados en este fallo. SEGÚNDO: DECLARA la presente causa como de mero derecho, por lo que se omite fijar audiencia oral. TERCERO: ORDENA la notificación del Fiscal General de la República sobre la apertura de este procedimiento, a fin de que, de estimarlo pertinente, consigne escritos con la opinión que le merece esta solicitud de interpretación constitucional. En el oficio de notificación deberá anexarse copia del recurso y del presente fallo. CUARTO: ORDENA notificar por Edicto a todos los interesados para que dentro de los cinco días de despacho siguientes a su publicación, comparezcan por ante la Secretaría de esta Sala, para que si lo consideran conveniente consignen escritos con su opinión.”.

Dispositiva

Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

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