Sentencia N° 1775 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de noviembre de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1775, Exp. 11-0142, 30/11/2011
Expediente11-0142
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2011-11-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un escrito de la ciudadana Candelaria del Carmen Angulo Peraza, solicitando la restitución de sus derechos civiles, sociales y humanos. En su escrito, la demandante expone una problemática relacionada con el incumplimiento de un contrato de arrendamiento y la invasión de su propiedad por parte de un inquilino. La Sala considera que el escrito carece de claridad en la identificación del presunto agraviante y en la descripción de los hechos que motivan la acción de amparo, por lo que ordena a la demandante realizar las correcciones necesarias en un plazo determinado.

Extracto de la motiva

En atención a las consideraciones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ordena realizar la corrección al escrito contentivo presentado por la ciudadana Candelaria del Carmen Angulo Peraza, antes identificada. Asimismo, advierte esta Sala que en caso de que no se dé cumplimiento a lo señalado en el presente auto, de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta Sala deberá declarar inadmisible la acción de amparo interpuesta.

Dispositiva

ORDENA a la ciudadana CANDELARIA DEL CARMEN ANGULO PERAZA, titular de la cédula de identidad Nº 3.083.603 o en su defecto a su apoderado judicial -quien deberá presentar documento que acredite su representación- la corrección del escrito libelar de amparo dentro de los dos (2) días siguientes a su notificación más el término de cuatro (4) días de la distancia, en los términos que fueron expresados en la motiva de este auto, so pena de declaratoria de inadmisibilidad de la acción que se ha interpuesto.

Palabras clave

amparoderechosgarantíasconstitucionalesacciónjusticia

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