Sentencia N° 1773 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de diciembre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1773, Exp. 13-0864, 16/12/2013
Expediente13-0864
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-12-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió no ha lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por José Luis Márquez contra la sentencia número 2012-0529 de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La Corte había revocado un fallo anterior y declarado sin lugar el recurso contencioso funcionarial del solicitante. La Sala consideró que la decisión impugnada no vulneraba derechos fundamentales ni contradicción alguna con la jurisprudencia de la Sala, y que la solicitud de revisión no contribuiría a la uniformidad de la interpretación de normas constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el acto judicial sometido a revisión es la sentencia número 2012-0529 dictada el 27 de marzo de 2012 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que revocó el fallo del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo. La revisión se fundamenta en la supuesta violación del derecho a la seguridad jurídica y a la carrera administrativa, argumentando que la decisión no debió basarse en la Ordenanza de Carrera Administrativa, sino en la Ley del Estatuto de la Función Pública. Sin embargo, la Sala concluye que la decisión no contradice ninguna sentencia de la Sala ni quebranta preceptos constitucionales, y que la solicitud de revisión es simplemente una disconformidad con la decisión impugnada.

Dispositiva

Por lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara: Que NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional intentada por el ciudadano JOSÉ LUIS MÁRQUEZ, asistido por el abogado Iván Raúl Galiano, de la sentencia número 2012-0529 dictada el 27 de marzo de 2012, por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo por la cual, conociendo en apelación, revocó el fallo dictado el 7 de mayo de 2007 por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital y declaró sin lugar el recurso contencioso funcionarial intentado por el precitado ciudadano contra la Cámara Municipal del Municipio Libertador del Distrito Capital.

Palabras clave

revisióncompetenciasentenciaderecho administrativoseguridad jurídicafunción públicaCorte Contenciosoconstitucional

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