Sentencia N° 1773 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de julio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1773, Exp. 03-0369, 02/07/2003
Expediente03-0369
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-07-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Lexis Esperanza Hernández Rodríguez contra Iván Rincón Urdaneta, Presidente del TSJ. La accionante alegó vulneraciones a sus derechos al debido proceso y al trabajo, tras ser notificada de la anulación de sus designaciones como jueza accidental sin un procedimiento previo. La Sala argumenta que la acción es inadmisible debido a que existen otros medios judiciales para restablecer la situación jurídica lesionada, y no se presenta la urgencia necesaria para la admisibilidad del amparo.
Extracto de la motiva
Vistos los anteriores razonamientos, esta Sala considera que la acción de amparo debe ser declarada inadmisible, a tenor de lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por la abogada LEXIS ESPERANZA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, actuando su propio nombre y representación, contra el ciudadano Iván Rincón Urdaneta, en su carácter de Presidente del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese y notifíquese.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho al debido procesoinadmisibilidadderecho al trabajotransparencia administrativaderecho al honoracción de amparo