Sentencia N° 1766 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de octubre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1766, Exp. 07-0974, 05/10/2007
Expediente07-0974
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-10-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por José Benjamín Gallardo González contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. La acción se basa en la alegación de vulneración de derechos a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. La Sala ordena notificar a la Corte de Apelaciones para que cumpla con ciertos requerimientos relacionados con la admisión del recurso de apelación interpuesto por la defensa del quejoso.
Extracto de la motiva
En virtud de su reconstitución, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia quedó integrada de la siguiente manera: Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, Presidenta; Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, Vicepresidente y, los Magistrados Pedro Rafael Rondón Haaz, Francisco Antonio Carrasquero López, Marcos Tulio Dugarte Padrón, Carmen Zuleta de Merchán y Arcadio de Jesús Delgado Rosales. El 4 de julio de 2007, se dio cuenta en Sala y se designó ponente a la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño quien, con tal carácter, suscribe el presente fallo. En aras de pronunciarse sobre la causa de marras, considera esta Sala imprescindible, a los fines de dictar una decisión ajustada a derecho, solicitar a la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, vista la acción de amparo constitucional incoada contra su decisión del 21 de diciembre de 2006, a través de la cual “(…) se confir[mó] la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del mismo Circuito Judicial Penal (…)”, que ordenó “(…) abrir el juicio oral y público (…)” del quejoso por los delitos de porte ilícito de arma de fuego, lesiones personales intencionales graves y resistencia a la autoridad, informe la fecha en que admitió el recurso de apelación interpuesto por la defensa del ciudadano José Benjamín Gallardo González, que motivó la decisión que aquí se conoce en amparo; en tal sentido, se ordena remitir copia certificada de las actas del expediente que sustenten dicha información.
Dispositiva
ORDENA notificar al Presidente de la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, para que dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, más el término de la distancia correspondiente, dé cumplimiento a lo establecido en el presente auto. Regístrese, publíquese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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