Sentencia N° 1763 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de octubre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1763, Exp. 04-2476, 09/10/2006
Expediente04-2476
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-09
DecisiónCON LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revoca la decisión de la Sala Séptima de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Jorge Luis Caraballo Briceño. La Sala constató que el Juzgado Trigésimo Octavo no se pronunció adecuadamente sobre la solicitud de nulidad de las actuaciones, lo que vulneró derechos fundamentales como el debido proceso y la tutela judicial efectiva. Se ordena la reasignación de la causa a otro Juzgado de Control para que se dilucide sobre la titularidad del vehículo reclamado.
Extracto de la motiva
La Sala aprecia que el fallo accionado no se ajusta a derecho, toda vez que, no cumplió de forma efectiva con la solución del problema de titularidad del vehículo tal como se le impone por el artículo transcrito ut supra, sino que por el contrario dictó un auto cuyo contenido resulta contradictorio, ya que se pronunció respecto de la acumulación de las causas seguidas, una contra el ciudadano César Enrique Ochoa Itriago por la posesión de un vehículo marca: Chrysler, modelo: Neón, color: azul, año: 1998, placas: MBU-99H, sobre el cual el mismo Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas acogió la calificación jurídica dada por el Ministerio Público, en cuanto al delito de uso de documento falso, previsto y sancionado en el artículo 323 del Código Penal y cambio de placas, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley de Hurto y Robo de Vehículos, y otra incoada por el mismo ciudadano y el hoy accionante, ciudadano Jorge Luis Caraballo, por el reclamo de un vehículo marca Feroza, modelo: Daihatsu, año: 2000, color: vinotinto, placas: YEG-005.
Dispositiva
CON LUGAR el recurso de apelación ejercido el 4 de agosto de 2004, por el ciudadano JORGE LUIS CARABALLO BRICEÑO contra la sentencia dictada el 26 de agosto de 2004 por la Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. REVOCA el fallo apelado. ANULA la decisión dictada el 1 de julio de 2004, por el Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del mismo Circuito Judicial Penal. CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JORGE LUIS CARABALLO BRICEÑO, contra la decisión dictada el 1 de julio de 2004, por el Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del mismo Circuito Judicial Penal. ORDENA la reasignación de la causa a otro Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a quien corresponda conocer por distribución.
Palabras clave
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