Sentencia N° 1760 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de octubre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1760, Exp. 06-0196, 09/10/2006
Expediente06-0196
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-09
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de la sentencia N° 541 del 11 de agosto de 2005, que desestimó el recurso de casación interpuesto por Claudio Lacanale Cerasi. La abogada Graciela Varela Mora argumentó que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva y que la Sala de Casación Penal no aplicó correctamente la doctrina sobre nulidad de oficio. La Sala Constitucional, tras analizar los alegatos, concluyó que no se evidencian violaciones flagrantes de normas y principios jurídicos fundamentales.
Extracto de la motiva
En el presente caso, se pretende la revisión de un fallo dictado por la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia, que desestimó por manifiestamente infundado el recurso de casación anunciado por la representación judicial del hoy solicitante en revisión contra la sentencia del 25 de octubre de 2004, dictada por la Sala Accidental Segunda de Reenvío de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión del juicio que por la comisión del delito de homicidio intencional se siguió en contra del solicitante. El solicitante denunció que tal decisión vulneró su derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, se observa de los alegatos contenidos en el escrito libelar del solicitante, que el mismo denuncia la inaplicación de la doctrina establecida por esta Sala Constitucional –sentencia N° 3.242 del 12 de diciembre de 2002- “relacionada con los supuestos bajos los cuales se permitiría decretar de oficio en sede penal…(omissis) pues…(omissis) si bien no satisfizo las pretensiones de la vindicta pública, dadas las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos por los cuales se formuló cargos, sí permitió se quedara firme una condena para quien actuó en legítima defensa y conforme a derecho”.
Dispositiva
En razón de las consideraciones anteriores esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión ejercida por la abogada Graciela Varela Mora, asistiendo al ciudadano CLAUDIO LACANALE CERASI, contra la sentencia Nº 541 del 11 de agosto de 2005, emanada de la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
revisión constitucionaltutela judicial efectivahomicidio intencionallegítima defensasentencia de casaciónderechos fundamentalesnulidad de oficio