Sentencia N° 1757 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de julio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1757, Exp. 02-2962, 01/07/2003
Expediente02-2962
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-07-01
DecisiónIMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de amparo constitucional interpuesta por Omaira Josefina Camacho Luzardo, quien alegó violaciones a sus derechos al debido proceso y a la defensa. La Sala declaró su competencia para conocer la demanda, pero consideró que la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la apelación era válida, ya que se había excedido el plazo para su presentación. La Sala concluyó que no existió abuso de poder ni usurpación de funciones por parte del juez de control.
Extracto de la motiva
Por los motivos que antes fueron expresados, esta Sala considera que presente demanda carece de los presupuestos de procedencia de ley para el amparo contra actos jurisdiccionales y así se declara, in limine litis.
Dispositiva
Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la solicitud de amparo constitucional que ejerció la ciudadana Omaira Josefina Camacho Luzardo, contra las decisiones que dictaron, 28 de febrero y el 7 de junio de 2002, el Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida y la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal. Regístrese, publíquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionaldebido procesodefensaCorte de ApelacionessobreseimientoCódigo Orgánico Procesal Penalinadmisionjurisdicción