Sentencia N° 1755 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de julio de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1755, Exp. 01-2009, 31/07/2002
Expediente01-2009
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2002-07-31
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre un conflicto de competencia relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por Andrés Eloy Puga Zabaleta. El accionante alega violaciones a sus derechos constitucionales por parte de su hermano y sobrino, quienes han interferido en su administración de una sociedad mercantil. La Sala determina que la acción de amparo no corresponde a la jurisdicción penal, sino a la civil, y declara competente al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia Civil para conocer del caso.

Extracto de la motiva

La seguridad personal, cuyo mecanismo de protección previsto en el artículo 27 ejusdem (sic), le es competencia a los Jueces de Control, debe ser entendida como una garantía que el Estado otorga a la ciudadanía en general, y a todo habitante de la República de ser amparado en sus relaciones legales... La libertad personal implica o lleva consigo un concepto paralelo como lo es la seguridad personal, cuya concepción debe ser entendida ampliamente por el Juez de Control Constitucional en la búsqueda del cumplimiento del mandato supremo contenido y desarrollado en los artículos 2, 3, 7, 22 y 223 de la Constitución Nacional...

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara competente para conocer de la acción de amparo de incoada por el ciudadano ANDRÉS ELOY PUGA ZABALETA, contra la actuación de los ciudadanos ANDRÉS ANTONIO PUGA ZABALETA y DAMIÁN PUGA, al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalviolación de derechossociedad mercantilcompetencia judiciallibertad personalseguridad personalinviolabilidad del hogarderecho a la defensa

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