Sentencia N° 1753 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de octubre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1753, Exp. 06-0941, 09/10/2006
Expediente06-0941
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Hernán Carvajalino Duque y Gloria Patricia Suárez de Carvajalino contra una sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia que declaró sin lugar su demanda por cumplimiento de contrato de arrendamiento. La Sala anuló la decisión impugnada, argumentando que el juzgador de alzada había incurrido en un error de juzgamiento al declarar la falta de legitimación activa del demandante, lo que vulneraba su derecho a la tutela judicial efectiva. Se ordenó reponer la causa al estado de que se dicte sentencia de fondo sobre el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional es interpuesta contra la decisión dictada el 13 de diciembre de 2005, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró sin lugar la demanda incoada por el ciudadano Hernán Carvajalino Duque, contra el ciudadano Orlando Alirio Carrillo Vega, por cumplimiento de contrato de arrendamiento por vencimiento de la prórroga legal. Aprecia la Sala, que el a quo constitucional declaró con lugar la acción de amparo, anuló la decisión dictada por el Juzgado que conoció en alzada en el juicio originario y, ordenó reponer la causa al estado de que se dicte sentencia de fondo sobre el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión dictada el 1 de agosto de 2005, por el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial mencionada. Para decidir, la Sala observa: Señala el apoderado judicial del accionante, que la decisión accionada vulnera el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, consagrado en el artículo 26 del Texto Fundamental al impedirle el acceso a la justicia declarando la falta de legitimación activa del ciudadano Hernán Carvajalino Duque, para incoar la demanda por cumplimiento de contrato de arrendamiento por vencimiento de la prórroga legal, por considerar que tal legitimación la ostenta el anterior propietario del inmueble, en virtud de lo cual declaró sin lugar la demanda, revocando la decisión de primera instancia dictada por el Juzgado de los Municipios, con fundamento en un error de juzgamiento.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Orlando Alirio Carrillo Vega, asistido por el abogado en ejercicio Miguel Eduardo Niño Andrade, ambos identificados. Segundo: CONFIRMA en los términos expuestos el fallo del 31 de mayo de 2006, dictado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Alejandro Augusto Belandria Pacheco, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos HERNÁN CARVAJALINO DUQUE y GLORIA PATRICIA SUÁREZ DE CARVAJALINO, anteriormente identificados, contra la decisión del 13 de diciembre de 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Tercero: ORDENA reponer la causa al estado de que el tribunal de primera instancia que corresponda conocer del asunto, dicte sentencia de fondo sobre el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada el 1 de agosto de 2005, por el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, quedando sin efecto alguno todas las actuaciones procesales ejercida con posterioridad al fallo impugnado.

Palabras clave

amparo constitucionaltutela judicial efectivalegitimación activacontrato de arrendamientoerror de juzgamientodecisión judicialrecurso de apelación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca