Sentencia N° 1752 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1752, Exp. 19-0136, 07/12/2023
Expediente19-0136
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-12-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por la abogada Belkis Figuera Carpio, quien afirmó ser la apoderada judicial del ciudadano José Alberto Spartalián Duarte. La solicitud se refería a la sentencia número 436/2018 dictada por la Sala de Casación Civil, que había casado de oficio una sentencia anterior y decretado su nulidad. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de acreditación de la representación judicial de la solicitante, al no presentar el poder correspondiente.

Extracto de la motiva

1.- En primer lugar, debe esta Sala determinar su competencia para conocer de la presente solicitud de revisión y, al respecto, observa que conforme lo establece el numeral 10 del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Sala Constitucional tiene atribuida la potestad de “[r]evisar las sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional y de control de constitucionalidad de leyes o normas jurídicas dictadas por los tribunales de la República, en los términos establecidos por la ley orgánica respectiva”. Por su parte, el legislador consagró la potestad de revisión en los numerales 10 y 11 del artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, los cuales disponen: “Artículo 25. Son competencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: (…) 10. Revisar las sentencias definitivamente firmes que sean dictadas por los Tribunales de la República, cuando hayan desconocido algún precedente dictado por la Sala Constitucional; efectuado una indebida aplicación de una norma o principio constitucional; o producido un error grave en su interpretación; o por falta de aplicación de algún principio o normas constitucionales.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión planteada, el 21 de marzo de 2019, por la abogada Belkis Figuera Carpio, ya identificada, quien afirmó ser la apoderada judicial del ciudadano José Alberto Spartalián Duarte, respecto de la sentencia número 436/2018, dictada por la Sala de Casación Civil (Accidental), el 13 de agosto de 2018, en el expediente AA20-C-2017-000432.

Palabras clave

nulidadsimulaciónherenciaconstitucionalidadcompetenciarevisióntribunales

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