Sentencia N° 1752 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de agosto de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1752, Exp. 00-1362, 13/08/2007
Expediente00-1362
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-08-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ratifica la orden de desalojo de los habitantes de las urbanizaciones 'La Punta' y 'Mata Redonda', debido a la amenaza de inundación y la violación de derechos fundamentales. Se ordena a la Autoridad Única de Área para la Cuenca del Lago de Valencia coordinar las acciones necesarias para el desalojo, asegurando que los afectados obtengan un estándar de vida similar al que tenían antes de la violación de sus derechos. Además, se establece que las indemnizaciones deben ser realizadas mediante cheques a nombre de los beneficiarios, rechazando el método de indemnización 'casa por casa'.
Extracto de la motiva
Corresponde a la Sala el examen del informe de cumplimiento de la parte demanda y del informe técnico que se requirió a la Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, así como de las observaciones y objeciones que, a su respecto, ha hecho, por una parte y a través de distintos grupos de afectados, la parte actora y, por el otro, el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente. A tal fin, observa: Resulta protuberante del análisis del informe técnico, que el desalojo e indemnización que esta Sala acordó en sentencia del 11 de agosto de 2006 es indispensable y requiere de urgente cumplimiento, ante la variedad de riesgos –desde climáticos hasta psicológicos- a los que están sometidos todos los habitantes de las Urbanizaciones 'La Punta' y 'Mata Redonda' de Maracay, Estado Aragua, mucho más graves y variados que los que la parte actora logró reflejar en el debate judicial. En cuanto al modo de ejecución del veredicto de fondo en esta causa, que propuso el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, a la luz del informe técnico y de los argumentos y pruebas de los afectados intervinientes y del propio Ministerio, se observa y resuelve: Punto previo: la parte demandada señaló que los recientes cambios en la zona como consecuencia de los trabajos que ha emprendido o continuado para el saneamiento de la zona, el control de las aguas de lluvia y servidas y el nivel del Lago de Valencia, harían innecesario el desalojo de los habitantes de la Urbanización 'Mata Redonda' ya que sus habitantes no estarían en el supuesto de hecho que los hacía beneficiarios de la decisión de esta Sala a cuya ejecución se contrae el presente pronunciamiento. Al respecto resulta conveniente la transcripción del punto tercero del dispositivo de la sentencia n.° 1632 de 11 de agosto de 2006: Se EXHORTA a todos los órganos del Poder Público con competencia para la consecución del saneamiento y control del nivel de las aguas de la Cuenca del Lago de Valencia, y especialmente a la Autoridad Única de Área para la Cuenca del Lago de Valencia, en su condición de órgano coordinador de aquéllos, para que continúen ejecutando, con la mayor prioridad y diligencia posible, los planes y acciones tendentes a la solución definitiva de dicho problema socio-ambiental. Así, la actividad que se invocó no es producto sino del cumplimiento con el exhorto de este Máximo Tribunal, el cual se hizo como complementario de la orden de desalojo e indemnización de los actuales habitantes de la zona que se viesen afectados en la forma que fue determinada, ya que estas últimas acciones no son, como es obvio, la solución definitiva al problema socio-ambiental que se relaciona con el Lago de Valencia, el cual atañe a todas las comunidades circundantes –y no sólo a la parte actora- en forma directa y, en forma indirecta, a todos los habitantes de la República en cuanto compartimos el derecho a un ambiente sano.
Dispositiva
Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, para la ejecución de su sentencia n.° 1632 de 11 de agosto de 2006, dispone: PRIMERO: Se ratifica la orden de desalojo de todos los habitantes de los sectores 'La Punta' y 'Mata Redonda', y el deber de la Autoridad Única de Área para la Cuenca del Lago de Valencia, dependiente del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, de coordinación de las acciones y recursos necesarios para que se lleve a cabo ese desalojo, previo restablecimiento del valor económico de cada una de las viviendas de dichos habitantes, de manera que todos los sujetos lesionados –y no sólo los demandantes, en la forma en que fue determinado en la aclaratoria de 13.11.06 (s. n.° 915)- puedan obtener un estándar de vida y vivienda similar al que tenían antes de la violación a sus derechos. Este fallo alcanza a todos los habitantes de las Urbanizaciones 'La Punta' y 'Mata Redonda' a que se refiere el informe final de Protección Civil que fue analizado en este fallo y a los que determine a través de los censos y evaluaciones que están pendientes en la oportunidad de publicación de este fallo.
Palabras clave
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