Sentencia N° 1751 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de diciembre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1751, Exp. 13-0978, 16/12/2013
Expediente13-0978
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2013-12-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo interpuesto por Gervyc Kever Rattia Zerpa, quien impugnó la decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible su acción de amparo. La Sala analizó la temporalidad del recurso y la existencia de vías ordinarias que debieron ser agotadas antes de recurrir al amparo. Finalmente, se determinó que el amparo era inadmisible debido a que la parte accionante no había ejercido el recurso de apelación correspondiente contra la decisión interlocutoria que extinguió el proceso, lo que llevó a declarar sin lugar la apelación interpuesta.
Extracto de la motiva
La parte accionante en amparo tenía a su disposición un remedio judicial idóneo para el logro del restablecimiento de su situación jurídica presuntamente infringida, como lo era el recurso de apelación ante la decisión interlocutoria de fecha 12 de abril de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró la extinción del proceso y ordenó el archivo del expediente, por tratarse de una sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva que pone fin al juicio, cuya falta de agotamiento de dicho recurso, constituye argumento suficiente para la desestimación de la pretensión de tutela constitucional por inadmisibilidad de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 5, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Gervyc Kever Rattia Zerpa, contra la sentencia dictada, el 10 de octubre de 2013, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el referido ciudadano contra el auto dictado el 02 de abril de 2013, y la decisión interlocutoria de fecha 12 de abril de 2013, emanados del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa; en consecuencia, se CONFIRMA el fallo objeto de apelación.