Sentencia N° 1748 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de octubre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1748, Exp. 06-0705, 09/10/2006
Expediente06-0705
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por PETROBRÁS ENERGÍA VENEZUELA, S.A. contra una decisión del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario que declaró sin lugar la oposición de la empresa a un juicio ejecutivo por créditos fiscales. La Sala consideró que la decisión impugnada violaba derechos constitucionales, dado que el juez que dictó la sentencia había sido removido horas antes de su emisión. Se ordenó la suspensión de la ejecución del juicio y se dejó sin efecto la decisión del Juzgado Superior.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la acción de amparo, constató que la decisión del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario fue emitida por un juez que había sido notificado de su remoción antes de dictar la sentencia, lo que vulneró el derecho al debido proceso de la empresa demandante. Se argumentó que la decisión judicial no consideró adecuadamente la existencia de un recurso jerárquico interpuesto por la empresa, lo que hacía que la obligación tributaria no fuera exigible. La Sala concluyó que la acción de amparo cumplía con los requisitos de admisibilidad y que la decisión impugnada era inconstitucional, por lo que se procedió a admitir la acción y a suspender los efectos de la sentencia cuestionada.
Dispositiva
PRIMERO.- ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Eduardo Travieso Uribe, Manuel A. Iturbe y Miguel Ángel Mora en su carácter de representantes de las sociedades que conforman el CONSORCIO PETROBRAS, contra la sentencia dictada, el 20 de febrero de 2006, por el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. SEGUNDO.- ORDENA la notificación Juez del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario, o quien haga sus veces, para que comparezca ante la Secretaría de esta Sala, a fin de conocer el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública. TERCERO.- SUSPENDE los efectos de la sentencia dictada el 20 de febrero de 2006, por el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, con ocasión a procedimiento de ejecución incoado por la Alcaldía del Municipio Marín del Estado Monagas, contra las sociedades que conforman el CONSORCIO PETROBRAS.