Sentencia N° 1748 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de julio de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 1748, Exp. 04-1311, 15/07/2005
Expediente04-1311
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-07-15
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declaró sin lugar la acción de amparo interpuesta por los abogados de Luis Tascón Gutiérrez contra la decisión de la Sala No. 5 de la Corte de Apelaciones que declaró el abandono del trámite de la acusación privada. La Sala argumentó que el incumplimiento de las cargas procesales por parte del acusador llevó a la conclusión de que la acción había sido abandonada, lo que justificó la decisión de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
La Sala ha sostenido como principio que el incumplimiento de sus deberes y obligaciones por parte del órgano jurisdiccional, no puede perjudicar a la parte que ha cumplido oportunamente con sus cargas, haciéndole perder el efecto a la actuación. Un ejemplo de la aplicación de tal principio, lo ha dado la Sala en su fallo donde declaró que después de vistos, no corre la perención de la instancia por el transcurso del tiempo sin actividad de las partes. Por esta misma razón, obligatoriedad del juez de impulsar el proceso, la Sala ha sostenido que en el proceso penal no corre la perención de la instancia. El principio antes expuesto pierde vigencia cuando la causa se encuentra paralizada y se mantiene en tal estado durante un término igual o superior al de la prescripción del derecho reclamado, lo que corresponde a una pérdida de interés procesal que conduce a la extinción de la acción.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo ejercida por los abogados JUAN CARLOS VALDEZ GONZÁLEZ y MERIELI VALDEZ GONZÁLES, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano LUIS TASCÓN GUTIÉRREZ, contra la sentencia dictada el 10 de febrero de 2004, por la Sala No. 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
amparoabandonadoproceso penalderecho a la defensadebido procesocitaciónacción privada