Sentencia N° 1747 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de diciembre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1747, Exp. 14-0475, 09/12/2014
Expediente14-0475
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-12-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 9 de diciembre de 2014, declaró sin lugar la solicitud de revisión presentada por Alberto José García Silva, quien impugnaba la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que había declarado sin lugar su recurso de apelación. La Corte había determinado que el solicitante no cumplía con los requisitos para ser considerado funcionario de carrera, ya que su ingreso al Ministerio Público fue mediante una designación temporal y no a través de un concurso de oposición, lo que le confería la condición de funcionario de libre remoción. La Sala Constitucional reafirmó que la revisión de sentencias firmes es un mecanismo excepcional y que la Corte Segunda actuó conforme a derecho al confirmar el fallo apelado. Se destacó que el solicitante no demostró que la decisión impugnada incurriera en errores de interpretación de la Constitución o en violaciones a derechos fundamentales, por lo que se desestimó su solicitud de revisión. Finalmente, se ordenó el archivo del expediente y se remitiría el original al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, reafirmando la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.

Extracto de la motiva

La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en la sentencia dictada el 25 de noviembre de 2009, una vez analizadas las actas procesales, declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido por el actor y confirmó el fallo apelado dictado el 9 de marzo de 2006 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, que declaró sin lugar la querella funcionarial interpuesta por el hoy solicitante en revisión contra el Ministerio Público. Así, la referida Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, qu...

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por el ciudadano ALBERTO JOSÉ GARCÍA SILVA, actuando en nombre propio, de la sentencia N° 2009-2024, dictada el 25 de noviembre de 2009 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte querellante y confirmó el fallo apelado.

Palabras clave

debido procesofiscaladministración públicareincorporaciónconcurso de oposiciónderechos laborales

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