Sentencia N° 1747 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1747, Exp. 06-1656, 10/08/2007
Expediente06-1656
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-08-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 318 de la Sala de Casación Penal, que había decidido sobre el avocamiento solicitado en un caso de desaparición forzada. La revisión fue solicitada por la Fiscal Quinta del Ministerio Público, quien argumentó que la Sala de Casación había excedido sus funciones al dictar la sentencia. La Sala Constitucional concluyó que la decisión de la Sala de Casación era incorrecta y que el delito de desaparición forzada de personas debía ser considerado como un delito permanente, lo que justifica la aplicación de la ley penal vigente al momento de la acusación, a pesar de que los hechos ocurrieron antes de su tipificación.

Extracto de la motiva

La Sala ha establecido en relación al delito continuado, lo siguiente: ‘…El delito continuado existe cuando el agente, con unidad de propósito y de derecho violado, ejecuta en momentos distintos acciones diversas, cada una de las cuales, aunque integre una figura delictiva, no constituye más que la ejecución parcial de un solo y único delito...’. La Sala Constitucional consideró que lo procedente es la persecución de alguno de los delitos contra la libertad individual, previstos en el Código Penal vigente para el momento de la comisión de los hechos, es decir, para diciembre de 1999, cuando se encontraba vigente el Código Penal de fecha 27 de junio de 1964, y por ello dicha Sala apreció la posible persecución del delito de privación ilegítima de libertad, con la concurrencia de varias agravantes genéricas, y también la posibilidad de seguir procedimientos de tipo administrativo y civil en contra de los presuntos responsables, hoy enjuiciados por la comisión del delito de desaparición forzada de personas, delito que no se encontraba tipificado en la Ley Penal Sustantiva, para el momento en que ocurrieron los hechos.

Dispositiva

PRIMERO: HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por la abogada Mónica Andrea Rodríguez Flores, en su carácter de Fiscal Quinta del Ministerio Público para actuar ante las Salas de Casación y Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de la sentencia N° 318, dictada el 11 de julio de 2006, por la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia. SEGUNDO: Se ANULA la sentencia N° 318, dictada el 11 de julio de 2006, por la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia. TERCERO: Se ORDENA al Juez de Juicio, que venía conociendo la causa antes de la solicitud de avocamiento, que prosiga la causa penal seguida contra los ciudadanos Casimiro José Yánez y Justiniano de Jesús Martínez, la cual se encuentra en el estado de que se celebre el juicio oral y público a los referidos ciudadanos.

Palabras clave

desaparición forzadaavocamientoderechos humanosjusticiadebido procesoCódigo PenalMinisterio Público

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