Sentencia N° 1747 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de octubre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1747, Exp. 05-1893, 09/10/2006
Expediente05-1893
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-09
DecisiónHA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia dictada el 3 de mayo de 2005 por la Sala de Casación Civil, que declaró perecido un recurso de casación interpuesto por INMOBILIARIA M.V. LANDER GALLEGOS. La Sala consideró que la decisión de la Sala de Casación Civil violó el derecho a la defensa y los principios constitucionales al no reconocer un error material en la formalización del recurso. En consecuencia, se declaró ha lugar la solicitud de revisión, anulando la sentencia impugnada y reponiendo la causa al estado en que se sustancie el recurso de casación.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional aprecia que no sólo era posible convalidar la formalidad no cumplida, sino que efectivamente, hubo participación y voluntad saneadora por parte del órgano jurisdiccional, el cual luego del análisis respectivo, consideró procedente el desglose del escrito consignado de manera equívoca, y su posterior consignación en el expediente adecuado. Así las cosas, es evidente que ya la Sala de Casación Civil se encontraba en conocimiento de que había ocurrido un error material, del que luego de un análisis sobre la solicitud de corrección, el Juzgado de Sustanciación de la misma ordenó su subsanación.

Dispositiva

PRIMERO: HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta el 21 de septiembre de 2005, por el apoderado judicial de INMOBILIARIA M.V. LANDER GALLEGOS, contra la sentencia dictada el 3 de mayo de 2005, por la Sala de Casación Civil, de este Máximo Tribunal, mediante la cual se declaró perecido el recurso de casación anunciado por su representada, contra la sentencia dictada el 30 de julio de 2004, por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, que declaró con lugar la demanda por cobro de bolívares intentada por el Banco Mercantil Banco Universal, contra la solicitante. SEGUNDO: ANULA la sentencia dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia el 3 de mayo de 2005, por desconocer principios constitucionales contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que han sido desarrollados por esta Sala Constitucional. TERCERO: REPONE la causa al estado en que el Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Civil sustancie el recurso de casación presentado el 28 de octubre de 2004, a partir del primer día de impugnación de los veinte (20) que posee el Banco Mercantil Banco Universal, y que una vez finalizada la sustanciación, se dicte nuevo fallo.

Palabras clave

revisión constitucionalderecho a la defensaerror materialcasaciónprincipios constitucionalescosa juzgadaformalizaciónindefensión

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca