Sentencia N° 1736 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de diciembre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1736, Exp. 12-0521, 17/12/2012
Expediente12-0521
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-12-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Jesús Alberto Dicurú Antonetti en defensa de Luis Eduardo Marcano Rubio. La acción se fundamentó en la alegación de falta de motivación y violación a la tutela judicial efectiva por parte de la Corte de Apelaciones del Estado Lara, que había declarado parcialmente con lugar un recurso de apelación. La Sala consideró que la Corte de Apelaciones no había cumplido con el deber de motivar adecuadamente su decisión, lo que constituye una violación a los derechos fundamentales del recurrente.
Finalmente, la Sala Constitucional declaró con lugar la acción de amparo, señalando que la falta de motivación en la sentencia impugnada afectó el derecho a la defensa y al debido proceso. Se impuso una multa al accionante por abandono del trámite, dado que no se realizaron actuaciones en el expediente durante un periodo prolongado. La decisión fue firmada el 17 de diciembre de 2012.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la Corte de Apelaciones no cumplió con el deber de motivar adecuadamente su decisión, lo que constituye una violación a los derechos fundamentales del recurrente. En este sentido, se establece que la falta de motivación en la sentencia impugnada afecta el derecho a la defensa y al debido proceso, lo que justifica la declaración de con lugar de la acción de amparo interpuesta por el abogado Jesús Alberto Dicurú Antonetti en defensa de Luis Eduardo Marcano Rubio.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR ABANDONO DEL TRÁMITE en la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Jesús Alberto Dicurú Antonetti, actuando en su carácter de defensor del ciudadano Luis Eduardo Marcano Rubio, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, el 31 de octubre de 2011. SEGUNDO: Se IMPONE a la parte accionante una multa por la cantidad de cinco bolívares (Bs. 5,oo), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en cualquier institución financiera receptora de fondos nacionales, dentro de los cinco días siguientes a su notificación, lo cual deberá acreditar mediante la consignación del comprobante correspondiente ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara o ante la Secretaría de la Sala Constitucional.
Palabras clave
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