Sentencia N° 1730 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1730, Exp. 09-1052, 10/12/2009
Expediente09-1052
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2009-12-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de habeas data interpuesto por Jachik Dernessisian Karaoglanian, solicitando la entrega de copias de una caución firmada en 2008. El Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara declinó la competencia a la Sala Constitucional, que aceptó conocer el caso. El demandante desistió del recurso tras recibir la copia solicitada, lo que llevó a la Sala a aceptar la competencia y ordenar la presentación del poder del abogado que representaba al demandante.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la acción de habeas data, establece que el derecho de acceso a la información es fundamental y que la falta de respuesta por parte de la administración pública puede vulnerar derechos constitucionales. Se enfatiza que la acción de habeas data es procedente cuando se busca proteger derechos derivados del artículo 28 de la Constitución, que garantiza el acceso a la información personal. La Sala también menciona la importancia de la representación legal adecuada en el proceso, subrayando que el desistimiento de la acción debe ser homologado por el tribunal.
Dispositiva
Primero.- ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer la acción de habeas data declinada, el 01 de junio de 2009 por el Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Segundo.- ORDENA al abogado Oscar Eduardo Narváez Riera, para que en un lapso de dos (2) días continuos a partir de su notificación, más cuatro (4) días del término de la distancia correspondiente, consigne original o copia certificada del poder otorgado por el ciudadano Jachick Dernessisian Karaoglanian, o en su defecto, sea éste quien ratifique el desistimiento que su supuesto apoderado realizó en la presente causa. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
habeas dataderecho de accesoinformación personalconstitucionalEstado Laradesistimientocompetenciacaución