Sentencia N° 1728 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de noviembre de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1728, Exp. 08-0482, 11/11/2008
Expediente08-0482
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-11-11
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el Instituto Universitario de Tecnología Los Andes (I.U.T.L.A.) contra el Ministerio para el Poder Popular de Educación Superior, debido a que el agraviado no contaba con legitimación para actuar en representación de derechos e intereses colectivos y difusos. La Sala argumenta que el recurso contencioso administrativo era el medio idóneo para obtener la reparación de la situación jurídica alegada, y que la acción de amparo es inadmisible cuando el agraviado ha optado por recurrir a vías ordinarias.

Extracto de la motiva

La Sala debe indicar que el accionante denunció que en ningún momento fue citado o notificado de algún procedimiento administrativo en su contra, sin que “se le haya oído, aportado pruebas, por último una decisión por parte del ente encargado, lo cual vulnera su sagrado derecho a la defensa y debido proceso. Por el contrario, la actuación del Ministerio únicamente estuvo enmarcada a dar a conocer públicamente mediante periódico el contenido de una supuesta medida cautelar decretada en [su] contra, lo cual hacer presumir que se trató de una decisión apresurada e ilegal, pues jamás a (sic) mediado entre ambas partes un procedimiento administrativo o judicial inclusive, donde puedan dirimirse las controversias y de allí tomar la decisión”, lo cual, a su parecer, se decretó “sin procedimientos previos y usurpando una labor exclusivamente jurisdiccional, de lo contrario se viola lo establecido en el (sic) Artículo 136, 137 y 138 de la Constitución.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Rafael Pineda Eljuri, con el carácter de apoderado judicial del Instituto Universitario de Tecnología los Andes (I.U.T.L.A.), contra “la situación de hecho violatoria de derechos y garantías constitucionales directos e individuales y derechos e intereses colectivos y difusos a su vez, producida por el actual MINISTERIO PARA EL PODER POPULAR DE EDUCACIÓN SUPERIOR (MPPES), en fecha ocho (08) de Noviembre del 2007”. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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