Sentencia N° 1728 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de octubre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1728, Exp. 06-0794, 06/10/2006
Expediente06-0794
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de amparo constitucional interpuesto por Armando Oscar Moreno Carrillo, quien alegó violaciones a sus derechos fundamentales en un proceso penal por difamación. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible su acción de amparo, argumentando que el demandante había consentido al no actuar en un plazo razonable. Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que el demandante no había consentido y que la declaración de inadmisibilidad era contraria a derecho.
Extracto de la motiva
El demandante en amparo denunció la violación a sus derechos a la igualdad ante la ley, a ser juzgado por sus jueces naturales, al principio de legalidad y de petición y respuesta, que fueron supuestamente vulnerados por los Jueces Cuarto y Quinto, ambos del Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, cuando, el primero, declaró –inmotivadamente- la improcedencia de la excepción previa que opuso durante la celebración de la audiencia de conciliación y, en consecuencia, admitió la querella y ordenó el pase a juicio, en el proceso que, ante ese órgano jurisdiccional, se seguía en contra del accionante, por la supuesta comisión del delito de difamación agravada continuada; y, el segundo, omitió pronunciarse respecto de la solicitud de nulidad que intentó contra el referido fallo que desestimó la excepción opuesta. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, declaró inadmisible la pretensión de amparo, por cuanto, a su juicio, el quejoso habría consentido expresamente, ya que habían transcurrido más de seis meses desde el momento en que, por una parte, fue dictado el auto que declaró sin lugar la excepción que fue opuesta y, por la otra, se había intentado la nulidad.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación. En consecuencia, ANULA la sentencia que dictó, el 11 de abril de 2006, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, que declaró inadmisible la demanda de amparo que interpuso el abogado Armando Oscar Moreno Castillo contra los Juzgados Cuarto y Quinto, ambos de Primera Instancia en funciones de Juicio, del mismo Circuito Judicial Penal. En consecuencia, ORDENA a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira que se pronuncie, nuevamente, respecto de la pretensión de amparo, con estricta sujeción a la doctrina que fue expresada en el presente fallo.
Palabras clave
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