Sentencia N° 1728 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de junio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1728, Exp. 03-1134, 25/06/2003
Expediente03-1134
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Humberto Azpúrua Gásperi en representación de Daniel Simón Spitaleri Sepulcri, contra una decisión de la Sala de Casación Social. La inadmisibilidad se fundamenta en el numeral 6 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que prohíbe el ejercicio de la acción de amparo contra decisiones de la Corte Suprema de Justicia. Además, se recuerda que la única forma de impugnar decisiones de las Salas del Tribunal Supremo es a través del recurso de revisión.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Humberto Azpúrua Gásperi, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano DANIEL SIMÓN SPITALERI SEPULCRI, contra la decisión dictada por la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal, el 14 de noviembre de 2002.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Humberto Azpúrua Gásperi, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano DANIEL SIMÓN SPITALERI SEPULCRI, contra la decisión dictada por la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal, el 14 de noviembre de 2002. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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