Sentencia N° 1723 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de noviembre de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1723, Exp. 11-0946, 16/11/2011
Expediente11-0946
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-11-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre dos juzgados en el Estado Mérida, relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por Mayra Alejandra Márquez y Ramón Eduardo Márquez Ramírez. Los demandantes alegaron fraude procesal por parte de Arnoldo José Pérez Sánchez y Nathan Alí Barillas, quienes habían actuado en un juicio de intimación de pagaré. La Sala determinó que el Juzgado Superior Segundo era el competente para conocer del caso, dado que la acción de amparo se dirigía a solicitar la nulidad de decisiones previas y la reposición de la causa al estado de admisión de la demanda de reconocimiento de contenido y firma de documento privado.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, si bien es cierto, que estamos en presencia de un amparo constitucional donde se han señalado como presuntos agraviantes al ciudadano Arnoldo José Pérez Sánchez y al abogado Nathan Alí Barillas, al estimar la parte actora que cometieron un fraude procesal que “…consistió en aprovecharse del error judicial que cometió el Juzgado Tercero de Municipio en la llamada solicitud de reconocimiento de contenido y firma, de la que han debido advertir al tribunal que habían invocado el artículo 444 y siguientes del CPC…”, lo cierto es que la pretensión de los accionantes, se dirige a solicitar como se lee en el capítulo “PETITORIO” de su solicitud de amparo, en los números segundo y tercero, que se declare la nulidad de todo lo actuado; y en consecuencia, se decrete la reposición de la causa del expediente 7.170 ante el Juzgado Tercero de Municipio al estado de contestación de la demanda de reconocimiento de contenido y firma de documento privado; y que se decrete la nulidad de todo lo actuado en el expediente n.°: 23.047 de la nomenclatura del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y, en consecuencia, la reposición de la causa al estado de admisión en el juicio de reconocimiento de documento de contenido y firma en el referido Juzgado de Municipio.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que es COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida y el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito Circunscripción Judicial del Estado Mérida. 2.- Que el tribunal COMPETENTE para el conocimiento en primera instancia de la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos MAYRA ALEJANDRA MÁRQUEZ Y RAMÓN EDUARDO MÁRQUEZ RAMÍREZ, asistidos por los abogados Ramón Alexis Dávila Montilla y Jorge Aponcio Guerrero, contra el ciudadano Arnoldo José Pérez Sánchez y el abogado Nathan Alí Barillas, es el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. En consecuencia, se ORDENA la remisión del expediente a dicho Juzgado para que conozca en primera instancia de la presente acción de amparo constitucional y se pronuncie sobre la admisibilidad de la acción.