Sentencia N° 1721 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1721, Exp. 09-0833, 10/12/2009
Expediente09-0833
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2009-12-10
DecisiónDeclina la competencia
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia solicitada en un juicio por cobro de bolívares. Se determinó que la competencia para conocer del recurso correspondía a los Juzgados Superiores en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, debido a que el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia había declarado su propia competencia. La Sala declinó la competencia y ordenó la remisión de las actas procesales al Juzgado Superior correspondiente.
Extracto de la motiva
De conformidad con el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, la sentencia interlocutoria en la cual el Juez declare su propia competencia es impugnable mediante solicitud de regulación de competencia. Dicha petición, según el artículo 71 eiusdem, debe proponerse ante el Juzgado que se pronunció sobre la competencia quien “remitirá inmediatamente copia de la solicitud al Tribunal Superior de la Circunscripción para que decida la regulación”. El envío a este Tribunal Supremo de Justicia sólo se dispone, en caso de conflicto negativo de competencia “si no hubiere un Tribunal Superior Común a ambos jueces en la Circunscripción”. De lo antes expuesto la Sala concluye que, por cuanto se interpuso regulación de competencia en virtud de la decisión del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró su competencia para el conocimiento de la causa, corresponde el pronunciamiento sobre dicha regulación de competencia a los Juzgados Superiores en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, NO ACEPTA la remisión que le hizo el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y DECLINA, en los Juzgados Superiores en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la competencia para el conocimiento del recurso de regulación de competencia que interpusieron los apoderados judiciales de INTEGRAL DE MERCADOS Y ALMACENES INMERCA C.A., en el juicio que intentó, en su contra, Multiservicios Corozal C.A. En consecuencia, ORDENA la remisión de las actas procesales al Juzgado Superior en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en funciones de distribución y la remisión de copia certificada de esta decisión al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
regulacion de competenciacobro de bolívaresincompetenciatribunal superiorjuzgadoprocedimiento civilsala constitucional