Sentencia N° 1721 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de junio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1721, Exp. 02-2748, 23/06/2003
Expediente02-2748
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-23
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de una demanda de amparo interpuesta por el Sistema Eléctrico del Estado Nueva Esparta C.A. contra un auto del Juzgado de Primera Instancia en lo Agrario. La Sala determinó que la demanda de amparo tenía el mismo origen que otra demanda ya admitida, lo que llevó a declarar la inadmisibilidad de la pretensión. La decisión se fundamentó en la existencia de un fallo previo que había declarado con lugar la demanda de calificación de despido, lo que invalidó el auto impugnado.

Extracto de la motiva

En el caso sub examine, la demanda de amparo se incoó contra el auto que dictó, el 4 de octubre de 2002, el Juzgado de Primera Instancia en lo Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta mediante el cual se acordó la ejecución forzosa del fallo definitivo que declaró con lugar la demanda de calificación de despido que incoó la ciudadana Marisol José Antón contra la demandante de amparo. El auto que se impugnó, según el alegato de la supuesta agraviada violó su derecho a la defensa y al debido proceso, por cuanto ordenó el pago de las costas procesales sin que se hubiese tramitado el procedimiento para la estimación de honorarios profesionales que prevé la Ley de Abogado y, con ello, el ejercicio del derecho a retasa. El Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta declaró la inadmisibilidad de la demanda de amparo, por cuanto, existía en esta Sala Constitucional una demanda de amparo que interpuso la quejosa contra el fallo cuya ejecución forzosa acordó el auto que originó el presente procedimiento, es decir, que ambas pretensiones de amparo tenían un mismo origen, este es, el fallo del 31 de mayo de 2002, que dictó el Juzgado a quo constitucional, mediante el cual resolvió el procedimiento de calificación de despido que motivó ambos procedimientos de tutela constitucional.

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONFIRMA, en los términos expuestos, la sentencia objeto de apelación que dictó el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta el 15 de octubre de 2002 y declara INADMISIBLE la demanda de amparo que incoó SISTEMA ELÉCTRICO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA C.A. (SENECA), contra el auto que dictó el 4 de octubre de 2002, el Juzgado de Primera Instancia en lo Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.

Palabras clave

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