Sentencia N° 1720 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de noviembre de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1720, Exp. 11-1092, 16/11/2011
Expediente11-1092
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-11-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un oficio relacionado con un habeas corpus a favor de Guillermo Enrique Torres Cueter, quien se encontraba privado de libertad de manera arbitraria. El Juzgado Quinto de Primera Instancia había declinado la competencia a esta Sala, lo que llevó a la remisión del expediente. La Sala ordenó oficiar al Director General del SAIME para que informara sobre el procedimiento sancionatorio de expulsión iniciado contra el ciudadano, quien era requerido por las autoridades colombianas por delitos graves.
Extracto de la motiva
Por tal motivo, esta Sala previo al pronunciamiento sobre el asunto sometido a su conocimiento ordena oficiar al Director General del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, informe a esta Sala, con prueba certificada de ello, las resultas del procedimiento sancionatorio de expulsión iniciado contra el ciudadano Guillermo Enrique Torres Cueter. Igualmente, se advierte que el incumplimiento de la orden será sancionada con la multa establecida en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cuyo tenor prevé lo siguiente: Artículo 122. Las Salas del Tribunal Supremo de Justicia sancionarán con multa equivalente hasta doscientas unidades tributarias (200 U.T.) a las personas, funcionarios o funcionarias que no acataren sus órdenes o decisiones, o no le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales, civiles, administrativas o disciplinarias a que hubiere lugar.
Dispositiva
ORDENA oficiar al Director General del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, informe a esta Sala, con prueba certificada de ello, las resultas del procedimiento sancionatorio de expulsión iniciado contra el ciudadano Guillermo Enrique Torres Cueter. Publíquese, regístrese y cúmplase lo ordenado.