Sentencia N° 172 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de mayo de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0172, Exp. 20-0056, 14/05/2021
Expediente20-0056
PonenteCALIXTO ORTEGA RIOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-05-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo interpuesta por los abogados de Gulfrido José Molina Sánchez, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que anuló el sobreseimiento dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia. La Corte de Apelaciones había declarado la nulidad de oficio del auto de sobreseimiento, alegando falta de motivación, lo cual fue considerado por la Sala Constitucional como un incumplimiento del requisito de racionalidad en las decisiones judiciales. La Sala concluyó que el Juzgado de Control sí había motivado su decisión, por lo que se declaró firme el sobreseimiento y se anuló la decisión de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
En atención a este criterio jurisprudencial, esta Sala estima que, en razón del principio de intervención mínima, los hechos del caso son reluctantes al derecho penal, de allí que la solución adoptada por la representación fiscal y el juzgado de control, dirigidas al sobreseimiento de la causa, fueron a todas luces ajustadas a derecho. Se insiste, en el caso de autos se torna innecesaria proseguir con la causa penal, puesto que la disputa suscitada en el caso de autos, dadas sus características (especialmente, la ausencia de una afectación dolosa y grave a los bienes jurídicos fe pública y propiedad), puede -y debe- solventarse por las vías extrapenales, al ser éstas apropiadas y suficientes para alcanzar tal objetivo.
Dispositiva
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo, la cual se ADMITE. SEGUNDO: DE MERO DERECHO la resolución del presente amparo. TERCERO: PROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo interpuesta por los abogados AGUSTÍN ULPIANO PINEDA MORENO y MAIRA EMPERATRIZ LARA BORGES, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano GULFRIDO JOSÉ MOLINA SÁNCHEZ, contra la sentencia dictada, el 18 de septiembre de 2019, por la Sala n°. 2 (Accidental) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en consecuencia ANULA dicho fallo. CUARTO: FIRME la decisión dictada, el 15 de diciembre de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual se decretó el sobreseimiento de la causa n°. GP01-P-2013-16408.