Sentencia N° 1718 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de junio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1718, Exp. 03-0048, 20/08/2004
Expediente03-0048
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2003-06-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por varios diputados contra la Reforma Parcial del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, publicada en la Gaceta Oficial nº 37.601. La Sala considera que las denuncias de inconstitucionalidad no logran demostrar los vicios alegados en el procedimiento legislativo. Asimismo, se rechaza la solicitud de nulidad de la reforma aprobada en la sesión especial del 6 de junio de 2003, argumentando que las irregularidades señaladas no afectan la validez del acto legislativo.
Extracto de la motiva
Una vez constatado que el escrito de informes agregado al expediente el 29 de abril de 2003, que fuera presentado -en forma extemporánea- por el apoderado judicial de una de las Diputadas a la Asamblea Nacional que actúa en esta causa como recurrente, la ciudadana Vestalia Sampedro de Araujo, no añade alegato nuevo a los expuestos por los recurrentes en su escrito presentado el 8 de junio de 2003, excepto en lo que concierne a la copia certificada del acta de la sesión extraordinaria, del 19 de diciembre de 2002 celebrada por la Asamblea Nacional, la Sala pasa, sin más consideraciones previas, a resolver la controversia planteada en los términos expuestos, y en tal sentido observa que las peticiones de nulidad por motivos de inconstitucionalidad que han sido sustanciadas en la presente causa, tienen por objeto lograr la anulación de la reforma parcial del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, Gaceta Oficial n° 37.601, del 2 de enero de 2003, o, en su defecto, la anulación de los artículos 11, 16, 20, 77 y 121 contenidos en dicho instrumento normativo, así como la declaratoria de inexistencia e ineficacia de la reforma parcial del mismo Reglamento Interior y de Debates, que fue publicada en la Gaceta Oficial n° 37.706, del 6 de junio de 2003, mediante el ejercicio del control concentrado de la constitucionalidad de los actos estatales que atribuye a esta Sala Constitucional el artículo 336, numeral 1, de la Norma Constitucional.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1°- SIN LUGAR el recurso de nulidad por motivos de inconstitucionalidad interpuesto por los ciudadanos Vestalia Araujo Sampedro, Carlos Humberto Tablante Hidalgo, Nelson Ventura, Ezequiel Vivas Terán, Alberto Jordán Hernández, Pedro Pablo Alcántara, Pedro Castillo, Alfonso José Marquina, Rafael Octavio Rivero, Ángel Emiro Vera y Freddy Lepage, en su condición de Diputados a la Asamblea Nacional, contra la Reforma Parcial del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, publicada en la Gaceta Oficial nº 37.601, del 2 de enero de 2003, y en forma subsidiaria, contra las normas contenidas en los artículos 11, 16, 20, 77 y 121 de dicho Reglamento. 2°- SIN LUGAR la solicitud de nulidad por motivos de inconstitucionalidad presentada el 10 de junio de 2003, por los ciudadanos Leopoldo Martínez Nucete, Vestalia Sampedro de Araujo, Alfonso Marquina, Carlos Humberto Tablante Hidalgo, Nelson Ventura, Pedro Segundo Blanco, Alberto Jordán Hernández, Gerardo Blyde, Rafael Octavio Rivero, Elías Matta, Ángel Emiro Vera y Freddy Lepage, en su condición de Diputados a la Asamblea Nacional, de la sesión especial realizada por la Asamblea Nacional en la Urbanización El Silencio, Parque El Calvario, Monumento Arco de la Federación, Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas, del 10-06-03. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.