Sentencia N° 1717 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de octubre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1717, Exp. 06-0503, 06/10/2006
Expediente06-0503
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda de amparo interpuesta por Juvenal Antonio Colmenárez contra el fallo de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, que declaró inadmisible su apelación. El demandante alegó violaciones a su derecho al debido proceso y a la libertad personal, argumentando que la prórroga solicitada por el Ministerio Público para presentar la acusación fue extemporánea. La Sala consideró que la decisión de la Corte de Apelaciones vulneró los derechos fundamentales del accionante, por lo que se ordenó la notificación al Juez Presidente de la Corte de Apelaciones para la celebración de la audiencia pública correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar la pretensión de amparo, constató que el demandante había sido sometido a una medida cautelar privativa de libertad sin que se hubiera presentado la acusación en el plazo establecido por el Código Orgánico Procesal Penal. Se argumentó que la prórroga solicitada por el Ministerio Público fue extemporánea, lo que generó una violación al debido proceso. La Sala destacó que el artículo 250 del COPP establece que el Fiscal debe solicitar la prórroga dentro de los cinco días previos al vencimiento del término, y que en este caso, la solicitud fue realizada fuera de dicho lapso, afectando así la situación jurídica del demandante.

Dispositiva

Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: De conformidad con el literal “c” del artículo 437 del Texto Procesal Penal, esta Corte declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la abogado Carmen María Bermúdez, en su carácter de defensora privada del imputado Juvenal Antonio Colmenárez, contra la decisión dictada en fecha 23 de enero de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control No. 1 Extensión Acarigua, mediante la cual declara sin lugar el cambio de medida de privación solicitada por la defensa privada y se mantiene la detención preventiva judicial de libertad del imputado Juvenal Antonio Colmenárez.

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