Sentencia N° 1715 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de noviembre de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1715, Exp. 07-1111, 10/11/2008
Expediente07-1111
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-11-10
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento por abandono del trámite en la pretensión de amparo constitucional formulada por Cervecería Polar, C.A. La decisión se basa en la falta de actuación de la parte accionante durante más de seis meses, lo que se considera abandono del trámite. Además, se impone una multa a la parte actora por entorpecimiento de las labores del tribunal.
Extracto de la motiva
La inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y,.con ello, la extinción de la instancia. Así se declara. En virtud de lo expuesto, la Sala suspende la medida cautelar acordada en sentencia N° 1985 dictada por esta Sala el 23 de octubre de 2007.
Dispositiva
1. TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite en la pretensión de amparo constitucional formulada por la empresa CERVECERÍA POLAR, C.A., contra la sentencia dictada el 21 de febrero de 2006 por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. 2. Se SUSPENDE la medida cautelar acordada en sentencia N° 1985 dictada por esta Sala el 23 de octubre de 2007. 3. Se impone a la parte actora una multa por la cantidad de cinco bolívares fuertes (Bs.F. 5,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas del Banco Central de Venezuela o cualquier otra entidad recaudadora de fondos nacionales.