Sentencia N° 1711 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de diciembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1711, Exp. 15-1111, 18/12/2015
Expediente15-1111
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2015-12-18
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la abogada Esperanza Fonseca Duarte, defensora privada del ciudadano Frank Joaquín Azevedo Da Silva, debido a la falta de copia certificada de las actuaciones procesales y la falta de legitimidad de la solicitante. La Sala argumenta que no se presentaron los documentos necesarios para demostrar la condición de defensora privada y que la solicitud carecía de valor probatorio suficiente para ser admitida. La decisión se fundamenta en la normativa vigente que regula el avocamiento y la representación legal en el proceso penal.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la solicitante de autos alegó unas afirmaciones de hecho sin acompañar, en copia certificada, los medios de pruebas necesarios para que esta Máxima Instancia Constitucional pueda pronunciarse sobre la admisibilidad de la pretensión y requerir el expediente respectivo con el objeto de asumir el conocimiento del asunto solicitado o, en su defecto, asignarlo a otro tribunal. La certeza probatoria que exige al momento de dictarse el pronunciamiento sobre la solicitud de avocamiento es necesaria en virtud de que en esa oportunidad no existe ninguna contraparte que pueda controlar los documentos fundamentales que acompañan la solicitud, por lo que no debe existir duda alguna en la procedencia de los motivos por los cuales cualquiera de la Salas del Tribunal Supremo de Justicia pueda, flexibilizando el principio del juez natural y con suma prudencia, avocarse al conocimiento de un determinado proceso o procedimiento.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento presentada por la abogada Esperanza Fonseca Duarte, quien dice ser defensora privada del ciudadano Frank Joaquín Azevedo Da Silva, con ocasión al proceso penal que se le sigue al prenombrado ciudadano por la presunta comisión de los delitos de forjamiento de documentos, falsa atestación ante funcionario público, uso de documentos falsos y estafa.
Palabras clave
avocamientoinadmisionderecho a la defensadebido proceso