Sentencia N° 171 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de marzo de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0171, Exp. 25-1105, 02/03/2026
Expediente25-1105
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2026-03-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 000034/2025 dictada por la Sala de Casación Civil, donde se declaró con lugar el recurso extraordinario de casación. Se anula el fallo recurrido y se condena en costas, en el marco de una demanda de reconocimiento de contenido y firma de documento privado. La Sala considera competente para conocer la solicitud de revisión y ordena la remisión del expediente original del juicio primigenio para su análisis.
Extracto de la motiva
la decisión objeto de revisión violenta el derecho de propiedad de los demandados al despojarlos del bien inmueble producto de la herencia de la hoy de cujus NELLYS CORINA MEJÍAS (Sic) COYANTE, quien fuera en vida madre de los accionados, al establecer que firmó el documento fundamental de la demanda, mediante una prueba de cotejo realizada de forma irregular con base a unas copias simples y sin un documento indubitado en original, invirtiendo la carga de la prueba en la demanda, cuando la carga de la prueba corresponde al promovente, quien debe demostrar en juicio su autenticidad, conforme a lo preceptuados en el artículo 445 del Código de Procedimiento Civil, quedando revestida la carga probatoria al promovente de la misma… En razón de lo anterior, siendo que de autos no se evidencia la certeza de las denuncias efectuadas por la representación judicial del solicitante de revisión, en la que se delata la presunta violación de derechos y garantías constitucionales, las cuales son determinantes en las resultas del juicio primigenio, lo que implica que la decisión a emitirse en el presente asunto, se encuentra supeditada al examen de las actas procesales del expediente del juicio primigenio, para así poder verificar si lo alegado por la representación judicial del peticionario, conduce a la existencia de un error evidente o inexcusable en la interpretación de la Constitución, o de la sustracción absoluta de los criterios interpretativos de normas y principios constitucionales adoptados por esta Sala Constitucional, así como también de algún tipo de violación constitucional en la que, por estar envuelto el orden público, sea necesaria la intervención del máximo intérprete constitucional. En ese sentido, esta Sala considera pertinente hacer uso de la potestad conferida en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en correspondencia a lo establecido en la sentencia dictada por esta Sala, identificada con el N° 698/09, caso: (Álvaro Luis Escalona y otro), previo a la emisión de la correspondiente decisión de mérito, para lo cual se acuerda solicitar copia certificada del expediente original del juicio primigenio, con sus respectivos recursos y cuadernos de recaudos si existieren, contentivo a la demanda de reconocimiento de contenido y firma de documento privado, incoado por el ciudadano Josluis David Prato Valera, contra los ciudadanos Franklin Alexander Martens Mejías, Bernd Ernest Martens y Anacristina Corina Martens Mejías, supra identificados.
Dispositiva
Se ORDENA a la Secretaría de esta Sala, oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa con sede en Acarigua, para que recabe y remita a esta Sala, copia certificada del expediente.
Palabras clave
derecho de propiedadcarga de la pruebaviolación constitucionalherenciadocumento privadojurisdiccióninterpretación constitucional