Sentencia N° 1709 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de julio de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 1709, Exp. 02-0428, 19/07/2002
Expediente02-0428
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-07-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo interpuesta por Gloria Janeth Stifano Mota, quien alegó omisiones por parte de autoridades del Estado en relación con el sistema penitenciario y derechos humanos. La Sala argumenta que la demandante no demostró cómo las omisiones denunciadas afectaron su esfera jurídica, ya que no es imputada ni está sujeta a un proceso penal.
Extracto de la motiva
La Sala observa que las supuestas omisiones que se denuncian y que fueron recogidas en forma sucinta en la parte narrativa de la presente decisión, no son susceptibles de afectar la esfera jurídica de los derechos constitucionales de quien demandó, porque ella no es acreedora de las actuaciones que habrían sido omitidas, ya que no es imputada, ni penada, ni detenida ni de otra forma sujeta a un proceso penal en curso o terminado que le otorgase el derecho a la exigencia de dichas actuaciones. Conforme a lo expuesto, las conductas omisas que fueron señaladas como lesivas no son inmediatas ni realizables por los imputados en la esfera jurídica de la parte actora y, en consecuencia, la demanda de autos debe ser declarada inadmisible de conformidad con lo que dispone el artículo 6.2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales que reza: 'Artículo 6.- No se admitirá la acción de amparo: (...) 2) Cuando la amenaza contra el derecho o la garantía constitucionales, no sea inmediata, posible y realizable por el imputado.'
Dispositiva
Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo que interpuso la ciudadana GLORIA JANETH STIFANO MOTA, en su propio nombre, contra omisiones que atribuyó a los ciudadanos Presidente de la República, Director Ejecutivo de la Magistratura y Ministro de Interior y Justicia. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Remítase copia de la presente decisión y del libelo de la demanda a los ciudadanos Ministro de Interior y Justicia y Coordinador General de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
Palabras clave
amparo constitucionalderechos humanossistema penitenciarioomisioneslegitimación activainadmisibilidadacción de gobierno