Sentencia N° 1704 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de junio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1704, Exp. 02-0356, 23/06/2003
Expediente02-0356
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-23
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad de la demanda de amparo interpuesta por Alejandro Felipe Gómez, quien alegó violaciones a sus derechos al debido proceso y a la defensa. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara había declarado sin lugar la acción de amparo, argumentando que el demandante no había agotado las vías judiciales ordinarias. La Sala concluyó que el amparo no era procedente dado que el demandante contaba con recursos judiciales preexistentes para la protección de sus derechos.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el demandante en amparo denunció la violación de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a ser oído, a solicitar del Estado el restablecimiento de la situación jurídica que le haya sido lesionada por error judicial, a la protección de la seguridad personal, de propiedad y a que no se sacrifique la justicia por la omisión de formalidades no esenciales con fundamento en los artículos 49, 55, 115 y 257 de la Constitución de la República, que supuestamente fueron vulnerados por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, el cual dictó un auto mediante el cual negó al quejoso la devolución de un vehículo supuestamente de su propiedad, porque “todos los documentos de origen que acreditó el solicitante tales como el Título de Propiedad y el Acta de Revisión del vehículo son falsos y por otra parte el vehículo peticionado de acuerdo a lo expuesto por funcionarios del Cuerpo Técnico de Policía Judicial del Estado Lara ‘no Aparece registrado en el sistema SETRA’”. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara declaró sin lugar la pretensión de amparo porque no ejerció los medios judiciales preexistentes.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, MODIFICA la sentencia que fue objeto de consulta que dictó la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, el 14 de diciembre de 2001 y declara INADMISIBLE la demanda de amparo que interpuso el ciudadano ALEJANDRO FELIPE GÓMEZ contra el Juzgado quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal Estado Lara. Publíquese, regístrese y devuélvase el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionaldebido procesoderecho a la defensainadmisionCorte de ApelacionesJuzgado de Controlderechos fundamentales

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