Sentencia N° 1703 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de agosto de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1703, Exp. 07-0097, 07/08/2007
Expediente07-0097
PonenteCARMEN ZULETA DE MARCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-08-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional admitió una acción de amparo constitucional interpuesta por David Alberto Pérez Esqueda en representación de Vladimir Hidalgo Loggiodice, debido a la omisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure en pronunciarse sobre una apelación y una solicitud de amparo. La Sala ordenó a la Corte de Apelaciones informar sobre el pronunciamiento respecto a la apelación y la demanda de amparo, estableciendo un plazo para la remisión de la información requerida. Se advierte que el incumplimiento de esta orden podría acarrear sanciones para el tribunal a quo.
Extracto de la motiva
Visto que esta Sala Constitucional mediante sentencia Nº 669 del 16 de abril de 2007, admitió la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el David Alberto Pérez Esqueda, en su condición de defensor privado del ciudadano VLADIMIR HIDALGO LOGGIODICE, titular de la cédula de identidad Nº 4.667.568, contra la omisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure en admitir tanto la apelación interpuesta el 16 de octubre de 2006 contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del referido Circuito Judicial Penal (no se menciona la fecha de la publicación de la sentencia), como la pretensión de amparo constitucional interpuesta el 10 de enero de 2007 incoada contra el mismo Juzgado de Juicio –y ante la referida Corte de Apelaciones- por la omisión de éste en cuanto al pronunciamiento relacionado con la solicitud de revisión de medida que interpuso el 30 de octubre de 2006.
Dispositiva
ORDENA a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, que informe, sí emitió pronunciamiento sobre el recurso de apelación interpuesto el 16 de octubre de 2006 así como si dictó sentencia en la demanda de amparo que intentó el 10 de enero de 2007 -el hoy quejoso- en contra del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del referido Circuito Judicial Penal, en caso afirmativo sírvase remitir copia certificada de lo antes indicado.
Palabras clave
amparo constitucionalCorte de Apelacionesrecurso de apelaciónJuzgado de Juicioomisiónderechos constitucionalessentencia